Exención de F.C.T.
La solicitud de exención (anexo VI) podrá presentarse desde el momento de la matriculación y hasta un mes antes del inicio de las actividades programadas para dicho módulo profesional de FCT, cuando se vaya a realizar en el periodo ordinario.
En el caso que se trate de un alumno que se matricule sólo en el módulo profesional de FCT y, si procede, en el de proyecto, esta solicitud se entregará en el momento de formalizar la matrícula, y al menos un mes antes del inicio de las actividades programadas para dicho módulo profesional.
La exención requerirá, además de cumplir el requisito de experiencia laboral, la matrÍcula previa del alumno en el módulo profesional de FCT en un centro docente autorizado para impartir el ciclo formativo de Formación Profesional correspondiente.
La convalidación o exención no será efectiva hasta que el alumno o alumna, presente la resolución favorable correspondiente en la Secretaría del centro donde esté matriculado. Hasta que esto no ocurra, el alumnado deberá asistir a las actividades lectivas programadas.
Solicitud de exención de F.C.T. (Anexo VI), pinchando aquí.